¿Qué es ministerio de hacienda?
El registro de una actividad lucrativa consiste en inscribir al contribuyente en elRegistro Único Tributario (RUT) a través del formulario D-140 en el portal ATV del Ministerio de Hacienda, indicando la actividad económica que realizará y otras características para cumplir con la fiscalización tributaria .
Requisitos
Los documentos y datos que necesitarás:
- Identificación vigente: cédula física, DIMEX/NITE o pasaporte (para extranjeros).
- Dirección fiscal y número del medidor eléctrico (NISE) del local o domicilio.
- Correo electrónico y número de teléfono activos.
- Tipo de actividad económica a registrar (según catálogo CIIU/Hacienda).
Dónde se realiza
- En línea, a través del portal de Administración Tributaria Virtual (ATV).
- Presencialmente, si prefieres hacerlo físicamente o eres menor de edad, en una oficina de Tributación, CECI o NAF.
Enlace oficial
👉 Acceso al portal ATV del Ministerio de Hacienda y presentación del formulario [D‑140 Registro Único Tributario].
Costo
- Sin costo por realizar el trámite.
- Multas por inscripción tardía o no declarar la actividad correctamente: desde medio salario base (~₡231 100 para 2025) por mes de retrasot.
Tiempo estimado
- Inscripción en línea: entre 5 y 10 minutos, con emisión inmediata de constancia digital.
- Envío y validación: instantáneo si los datos son correctos; puede tardar hasta un día hábil en casos excepcionales.
Cómo registrar una actividad lucrativa paso a paso
- Crear cuenta en ATV: accede a ATV, regístrate con correo, teléfono, cédula o DIMEX/NITE. Recibirás una Tarjeta Inteligente Virtual (TIV)
- Ingresar al formulario D‑140: selecciona “Registro Único Tributario → Declaración de inscripción”.
- Completar datos: incluye domicilio, NISE, tipo de actividad económica (código CIIU/Hacienda), correo y teléfono.
- Enviar la declaración: valida y presenta el formulario; el sistema confirma tu inscripción y almacena comprobante.
- Elegir régimen tributario: tradicional o simplificado, según volumen de operaciones y personal.
- Modificar o cancelar: si agregas otra actividad o cesas operaciones, haz la modificación o desinscripción en ATV dentro de los 10 días hábiles.
Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Cuánto tiempo tengo para inscribir mi actividad?
Debes inscribirte en el RUT dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de la actividad, según normativa de Hacienda .
2. ¿Puedo inscribirme sin experiencia o sin facturar todavía?
Sí. Se recomienda inscribir la actividad indicando la fecha de inicio a partir del día actual o posterior. De no facturar, puedes desinscribirte luego. No es necesario contratar contador para este trámite.
3. ¿Qué sucede si me inscribo y luego no genero ningún ingreso?
Estar inscrito obliga a presentar declaraciones incluso si los ingresos son cero. Puedes solicitar desinscripción, pero hasta entonces estás obligado a declarar IVA (D‑104) y renta (D‑101) regularmente.