¿Qué es la incapacidad médica?
La incapacidad médica CCSS es el permiso temporal que otorga la Caja Costarricense de Seguro Social a personas aseguradas que, por razones de salud, no pueden desempeñar sus labores habituales. Sirve como respaldo económico durante la recuperación mediante un subsidio por enfermedad o accidente.
Requisitos
- Estar cotizando al seguro de salud (asalariado o independiente).
- Haber acumulado al menos 4 cuotas continuas o 6 discontinuas en los últimos 12 meses para incapacidad temporal; o 24 continuas o 36 discontinuas en 24 meses para incapacidad permanente.
- Certificado médico emitido por un médico de la CCSS o médico autorizado (la CCSS debe validar las recomendaciónes de médicos privados). El médico debe indicar diagnóstico, fechas y justificación médica.
- Entregar el dictamen o boleta médica en el EBAIS o clínica correspondiente dentro del plazo máximo (generalmente 1 día hábil, con tolerancia hasta 3 días hábiles).
Dónde se realiza
- En tu clínica, EBAIS o centro médico de la CCSS donde recibes atención. Lleva tu cédula y certificado médico .
- El médico autorizado (empresa o privado) emite recomendación. Si es de más 5 días, debe ser validado por un médico de la CCSS en tu EBAIS.
- Tu empleador debe registrar la incapacidad en el sistema SICERE o vía Oficina Virtual CCSS / CCSSmóvil, donde podés hacer seguimiento del estado del trámite.
Enlace oficial
Puedes consultar los requisitos y formularios en la página oficial de la CCSS o mediante la Oficina Virtual CCSS, sección “Incapacidades” (busca sección trámites relacionados).
Costo
- El trámite es totalmente gratuito. No hay costos asociados para la solicitud ni la emisión del subsidio por incapacidad.
Tiempo estimado
- La CCSS generalmente resuelve la solicitud en un plazo de 24 a 48 horas tras la presentación del certificado médico y formulario.
- En casos complejos o largos, algunos usuarios reportan que el proceso puede tardar hasta 4 semanas en completarse por demoras administrativas .
Subsidio económico
- Los primeros tres días de incapacidad, el empleador debe pagar un subsidio equivalente al 50 % del salario diario.
- A partir del cuarto día, la CCSS cubre el subsidio, equivalente al 60 % del salario promedio reportado.
Pasos del trámite
- Solicita cita con un médico de la CCSS o autorizado.
- Recibe el certificado médico/boleta de incapacidad con diagnóstico y fechas.
- Verifica que datos personales y fechas estén correctos.
- Entrega la boleta en tu EBAIS o centro médico de la CCSS lo antes posible (máximo 1–3 días hábiles).
- El empleador registra la incapacidad en SICERE u Oficina Virtual.
- Consulta el estado del trámite en CCSSmóvil u Oficina Virtual.
- Recibe el depósito del subsidio en tu cuenta bancaria registrada.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puede un médico privado emitir una incapacidad válida por sí mismo?
No. Los médicos privados solo pueden emitir recomendaciones. Para ser válida, la boleta debe ser convalidada por un médico de la CCSS en tu EBAIS, especialmente si supera los 3 días (máximo 5 días desde medicina de empresa).
2. ¿Qué pasa si no entrego la boleta a mi empleador a tiempo?
Debes entregar la boleta dentro del plazo de 1 a 3 días hábiles posteriores a su emisión. Si no lo haces, podrías perder el derecho al subsidio o enfrentar problemas legales con tu empleador .
3. ¿Cuándo me depositan el subsidio?
Si la solicitud está aprobada, el subsidio se deposita directamente en tu cuenta bancaria registrada, generalmente dentro de 2 a 10 días hábiles, aunque algunos usuarios reportan demoras de hasta 4 semanas en casos puntuales .